HASTA EL DÍA 2 DE NOVIEMBRE:
Declaraciones informativas
- Modelo 195: cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito, correspondientes al tercer trimestre de 2026.
- Modelos 170 y 196: información de septiembre de 2026 sobre cobros mediante tarjetas y pagos asociados a teléfonos móviles, y sobre cuentas en entidades financieras, respectivamente.
- Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables. Tercer trimestre 2025: 235.
- Modelo 281: operaciones del tercer trimestre de 2026 de comercio de bienes corporales en la Zona Especial Canaria sin tránsito de las mercancías por territorio canario.
- Modelo 379: pagos transfronterizos del tercer trimestre de 2026.
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
- Declaración del tercer trimestre de 2026: modelo 490.
Impuestos medioambientales
- Presentación de la contabilidad y del libro registro de existencias del impuesto sobre envases de plástico no reutilizables, correspondientes a septiembre o al tercer trimestre de 2026, según proceda.
Cuenta Corriente Tributaria
- Solicitud de inclusión para el año 2027.
HASTA EL DÍA 5 DE NOVIEMBRE:
Renta
- Ingreso del segundo plazo de la declaración de la Renta de 2025, si se fraccionó el pago: modelo 102.
HASTA EL DÍA 12 DE NOVIEMBRE:
INTRASTAT
- Declaración de octubre de 2026 de la estadística del comercio intracomunitario, para los obligados a suministrar información estadística.
HASTA EL DÍA 20 DE NOVIEMBRE:
Rentas y sociedades
- Grandes empresas: retenciones e ingresos a cuenta de octubre de 2026. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230, según la obligación correspondiente.
IVA
- Operaciones intracomunitarias de octubre de 2026: modelo 349.
- Solicitud de devolución por adquisición de determinados medios de transporte para transportistas de viajeros o mercancías por carretera acogidos al régimen simplificado: modelo 308.
Impuestos especiales de fabricación
- Agosto de 2026, grandes empresas: modelos 561, 562 y 563.
- Tercer trimestre de 2026, excepto grandes empresas: modelos 561, 562 y 563.
- Octubre de 2026: modelos 548, 566, 581 y 573, y solicitud de devolución A24.
- Declaración de operaciones de destinatarios registrados y representantes fiscales: modelo 510.
Otros impuestos
- Primas de seguros de octubre: modelo 430.
- Electricidad de octubre, grandes empresas: modelo 560.
- Envases de plástico no reutilizables de octubre: modelo 592.
- Producción de energía eléctrica: tercer pago fraccionado de 2026, modelo 583.
- Transacciones financieras de octubre: modelo 604.
HASTA EL DÍA 30 DE NOVIEMBRE:
IVA
Declaraciones correspondientes a octubre de 2026:
- Autoliquidación mensual: modelo 303.
- Grupos de entidades: modelos 322 y 353.
- Ventanilla única, régimen de importación: modelo 369.
- Operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380
También finaliza el plazo para:
- Solicitar la inscripción o baja en el Registro de Devolución Mensual: modelo 036.
- Solicitar la aplicación del régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2027: sin modelo.
- Renunciar a la llevanza electrónica de los libros registro mediante el SII: modelo 036.
Impuestos medioambientales
- Envases de plástico no reutilizables: presentación de la contabilidad y del libro registro de existencias de octubre de 2026.
- Producción de energía eléctrica. Año 2025. Autoliquidación anual: 583. Año 2026: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación anual por cese de actividad de enero a octubre de 2025: 588.
Declaraciones informativas
- Información de octubre de 2026 sobre cobros mediante tarjetas y pagos asociados a teléfonos móviles (modelo 170) y sobre cuentas en entidades financieras (modelo 196).
Operaciones vinculadas modelo 232
- Declaración de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, correspondiente a 2025, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
- Para el resto de entidades, se presenta en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del período impositivo.
Información obtenida de la sede de la Agencia Tributaria calendario del contribuyente de la AEAT.
En Consulting 21 sabemos que cada empresa y persona es distinta y que no siempre es fácil tomar decisiones en materia fiscal, contable, laboral o jurídica. Por eso, contamos con un equipo multidisciplinar preparado para acompañarte y ayudarte a encontrar la mejor solución en cada momento.
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